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Constitucionalidad
Colombiana
Alejandro Tobón
Rafael Salazar


Algunos Derechos...
DERECHOS DE PRIMERA GENERACIÓN: Estos son todos los derechos que la constitución llama “Derechos Fundamentales”, son denominados de primera generación por esta misma razón, porque son indispensables para la vida digna de un ser humano, algunos de los mas importantes o destacados entre estos “Derechos Fundamentales” son:
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Derecho a la vida.
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Todos los ciudadanos tienen los mismos derechos.
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Derecho al reconocimiento de su personalidad jurídica.
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Derecho a su intimidad personal y familiar y a su buen nombre, y el Estado debe respetarlos y hacerlos respetar.
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Derecho a conocer, actualizar y rectificar las informaciones que se hayan recogido sobre ellas en bancos de datos y en archivos de entidades públicas y privadas.
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Derecho al libre desarrollo de su personalidad sin más limitaciones que las que imponen los derechos de los demás y el orden jurídico.
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Derecho a la libertad de conciencia.
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Derecho a la libertad de cultos.
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Derecho a la libertad de expresar y difundir su pensamiento y opiniones, la de informar y recibir información veraz e imparcial, y la de fundar medios masivos de comunicación.
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Derecho a la honra.
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Derecho a la paz.
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Derecho a presentar peticiones respetuosas a las autoridades por motivos de interés general o particular y a obtener pronta resolución.
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Derecho a circular libremente por el territorio nacional, a entrar y salir de él, y a permanecer y residenciarse en Colombia.
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Derecho al trabajo.
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Derecho a la libertad de enseñanza, aprendizaje, investigación y cátedra.
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Derecho a la libertad. (Con respecto al secuestro o al mantenimiento de una persona en un lugar en contra de su voluntad, sin razones jurídicas).
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Derecho de asilo en los términos previstos en la ley.
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Derecho a reunirse y manifestarse pública y pacíficamente.
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Derecho de libre asociación para el desarrollo de las distintas actividades que las personas realizan en sociedad.
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Los trabajadores y empleadores tienen derecho a constituir sindicatos o asociaciones, sin intervención del Estado.
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Derecho a participar en la conformación, ejercicio y control del poder político.
DERECHOS DE SEGUNDA GENERACIÓN: Son los derechos que la constitución llama “Derechos Sociales, Económicos y Culturales”, estos se refieren a cómo todo ciudadano debería desarrollarse en la sociedad Colombiana, algunos de ellos son:
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Derecho a la formación de una familia, no será obligada, provendrá de la decisión de un hombre y una mujer de contraer matrimonio, o por voluntad de conformarla.
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Derecho a la honra, la dignidad y la intimidad de la familia son inviolables.
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La mujer y el hombre tienen iguales derechos y oportunidades.
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Derechos fundamentales de los niños: La vida, la integridad física, la salud y la seguridad social, la alimentación equilibrada, su nombre y nacionalidad, tener una familia y no ser separados de ella, el cuidado y amor, la educación y la cultura, la recreación y la libre expresión de su opinión.
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El adolescente tiene derecho a la protección y a la formación integral.
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Derecho a la asistencia y protección de las personas de la tercera edad.
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Derecho a la Seguridad Social.
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El derecho a la atención de la salud y el saneamiento ambiental. Se garantiza a todas las personas el acceso a los servicios de promoción, protección y recuperación de la salud.
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Derecho a que los niños que no esté cubierto por ningún tipo de seguridad social, reciban atención gratuita en cualquier institución de salud.
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Derecho a la vivienda digna.
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Derecho de negociación colectiva para regular las relaciones laborales, con las excepciones que señale la ley.
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Derecho de huelga, salvo en los servicios públicos esenciales definidos por el legislador.
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Derecho a la propiedad privada y los demás derechos adquiridos con arreglo a las leyes civiles, los cuales no pueden ser desconocidos ni vulnerados por leyes posteriores.
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Derecho a la autonomía universitaria.
DERECHOS DE TERCERA GENERACIÓN: La constitución los denomina “Derechos Colectivos y del Ambiente”, y son todos los derechos que tiene cada ciudadano Colombiano con respecto al medio en que se vive, algunos de estos son:
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Derecho a gozar de un ambiente sano.
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El Estado planificará el manejo y aprovechamiento de los recursos naturales, para garantizar su desarrollo sostenible, su conservación, restauración o sustitución.
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Deberá prevenir y controlar los factores de deterioro ambiental, imponer las sanciones legales y exigir la reparación de los daños causados.
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Cooperará con otras naciones en la protección de los ecosistemas situados en las zonas fronterizas.
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Queda prohibida la fabricación, importación, posesión y uso de armas químicas, biológicas y nucleares, así como la introducción al territorio nacional de residuos nucleares y desechos tóxicos.
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El Estado regulará el ingreso al país y la salida de él de los recursos genéticos, y su utilización, de acuerdo con el interés nacional.
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Es deber del Estado velar por la protección de la integridad del espacio público y por su destinación al uso común, el cual prevalece sobre el interés particular.
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Las entidades públicas participarán en la plusvalía que genere su acción urbanística y regularán la utilización del suelo y del espacio aéreo urbano en defensa del interés común.
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